14 jul 2016

Permiso de Obra Menor

Una obra menor es una obra que no altera la estructura del inmueble, como su habilitación o remodelación del interior, así como ampliaciones de hasta 100 m2.

Cuando las ampliaciones sean calificadas como obras menores, se concederá un Permiso de Ampliación, el que será otorgado por el Director de Obras Municipales, en un plazo máximo de 15 días, para cuyos efectos se deberán presentar los siguientes antecedentes:


1) Solicitud firmada por el propietario y el arquitecto autor del proyecto
2) Declaración simple del propietario manifestando ser titular de dominio del predio
3) Fotocopia del Certificado de Informaciones Previas
4) Declaración simple del arquitecto autor del proyecto, en que señale que la obra menor cumple con las       todas las normas de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y de esta Ordenanza, cuando corresponda
5) Croquis de emplazamiento, a escala, en que se grafique la edificación existente y la obra menor, con indicación de sus distancias hacia los deslindes respectivos, incluyendo los puntos de aplicación de rasantes.
6) Plano a escala 1: 50, en que se grafique planta general y elevaciones con las cotas mínimas indispensables, que permitan definir los aspectos formales, dimensionales y funcionales de la obra menor con individualización de los recintos y cuadro de superficies.
7) Especificaciones técnicas resumidas, señalando las partidas más relevantes de la obra.

Todos los documentos anteriores, se archivarán conjuntamente con el respectivo expediente de edificación.

Cuando las obras menores correspondan a modificaciones de edificaciones existentes que no alteren su estructura, el permiso será otorgado por el Director de Obras Municipales, en un plazo máximo de 15 días, contra la presentación de una fotocopia del Certificado de Informaciones Previas y una declaración simple del profesional competente que las hubiere proyectado, en cuanto a que éstas cumplen con la normativa vigente, describiendo las obras, indicando el presupuesto y acompañando un croquis de su ubicación, todo lo cual se archivará conjuntamente con el respectivo expediente de edificación.





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